Viviana Dávila
En 1927 la escritora, periodista y activista política española Carmen de Burgos (1867-1932) publica su ensayo titulado La mujer moderna y sus derechos, en el cual intenta desmontar uno a uno los argumentos que han sido históricamente esgrimidos para justificar la marginalización social, cultural y jurídica en la cual permanecían las mujeres españolas de la época, pese al reposicionamiento de la mujer en la sociedad que supuso la modernidad y a los avances democráticos que finalmente trajo consigo la proclamación de la Segunda República. Este ensayo consta de catorce capítulos y las posiciones que plantea contienen suficientes semejanzas con otros movimientos feministas como para poder ubicar a España dentro del llamado feminismo de la primera ola, centrado principalmente en la necesidad de conseguir para la mujer igualdad de derechos (Louise. 2018: 37)
En el capítulo IV de esta obra, “Derecho a saber”, de Burgos comienza dando cuenta de la cruenta lucha que ha tenido que librar la mujer a lo largo de los siglos para vindicar su derecho a la cultura: la psicología, las leyendas, la religión e incluso la filosofía se han empeñado en demostrar la inferioridad de las mujeres pero, apoyándose en algunas afirmaciones de Simmel, es posible afirmar que es solo la falta de cultura en que se deja al sexo femenino la causa de la pretendida inferioridad. La lucha de las mujeres ha logrado algunas victorias, sin duda: dice de Burgos, que para ese momento la mujer cultiva todos los géneros literarios, que muchas se dedican al periodismo y que hay revistas femeninas en todos los países de Europa y en América que sirven de tribuna para dejar oír su voz y defender sus derechos.
Sin embargo, en general, pero también en lo referente a su producción literaria, la mujer no puede ser juzgada imparcialmente y queda sometida a dos medidas distintas, ambas de origen masculino: una es la medida absoluta que se forma por los criterios de los hombres y se aplica a la actividad de la mujer, a sus convicciones, a los contenidos teóricos y prácticos de su vida. Otra es la medida relativa, que también procede de las prerrogativas del hombre. El hombre exige a la mujer, no solo lo que le parece deseable en general, sino lo que le parece deseable como hombre (de Burgos. 1927: 21).
Este juicio masculino se manifiesta de diversas maneras cuando se trata de valorar la escritura femenina: O se pretende de la mujer una escritura especial (que sea “reveladora” como la de Colette, o que contenga “aquello que el pudor hace inconfesable”, como la poesía de Juana de Ibarbourou, para satisfacer, por supuesto, las expectativas de los hombres), o se exige de la mujer la perfección, y, cuando se ha de juzgar su calidad intelectual, su valor es mermado recurriendo con desdén o con galantería, a la alabanza de su belleza o a la ridiculización de su fealdad. Con la labor de la mujer se suele ser inclemente, pero jamás con la de los hombres, y a ellas se les compara solo con los hombres de genio, pero ellos jamás con las mujeres geniales.
Como se señaló al principio, estas reflexiones de Carmen de Burgos aparecen publicadas hace casi un siglo, en 1927 y, desde entonces las luchas por la paridad y las conquistas de las mujeres no han dejado de suceder, aunque no hayan estado exentas de dificultades. Laura Freixas, en su conferencia de 2020 titulada “las mujeres y el Canon” (Freixas, 2020) plantea que cuando se hace notar la usencia de las mujeres en el canon literario, suele señalarse que esa ausencia se debe a que el pasado ha sido machista, pero que el presente es, ese sí, igualitario. Sin embargo, cuando se pregunta por la fecha de ese cambio, por el momento preciso en el que ha terminado ese pasado y ha comenzado el “radiante presente de igualdad”, esa fecha parece irse moviendo y, por tanto, el pasado machista sigue estando cada vez más cerca.
Amelia Valcárcel en su libro Rebeldes, por su parte, dice refiriéndose a los hombres: “Ellos no nos temen ni nos admiran. Se erigen siempre en jueces. A veces sí envidian, lo que trae malas consecuencias, pero nada más” (Valcárcel. 2000: 168), y la semana pasada, en la antesala de un conversatorio sobre la novela de una mujer, un hombre muy galante, después de haber exaltado su belleza, le preguntó si acaso ella sí era una “escritora- escritora”.
Es inevitable sentir que aquello que expone Carmen de Burgos en el capítulo IV de La mujer moderna y sus derechos podría haber sido escrito por Amelia Valcárcel en 2000, dicho por Laura Freixas en 2021 o por cualquiera de nuestras contemporáneas hoy mismo; que el pasado sigue acechando y que el presente no acaba de llegar mientras que generaciones y generaciones de mujeres escritoras persisten en conquistar el espacio que les pertenece y que les ha sido negado por siglos.
Bibliografía
De Burgos, C. (1927) La mujer moderna y sus derechos. Editorial Sempere, Valencia.
Freixas, L. (2020, 15 de octubre). Las mujeres y el canon [Conferencia]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=o3rjZdzt3No
Louise, A. (2018). La identidad feminista en la obra de Carmen de Burgos. Estudios Románicos 27. 33-48.
Valcárcel, A. (2000) Rebeldes. Hacia la paridad. Plaza & Janés Editores

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